Condiciones Generales
Artículo 1 – Definiciones
En las presentes condiciones se entenderá por:
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Plazo de reflexión: el período durante el cual el consumidor puede hacer uso de su derecho de desistimiento;
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Consumidor: la persona física que no actúa en el ejercicio de una profesión o actividad empresarial y que celebra un contrato a distancia con el empresario;
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Día: día calendario;
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Contrato de duración continuada: un contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios, cuya obligación de entrega y/o adquisición se distribuye a lo largo del tiempo;
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Soporte duradero: cualquier medio que permita al consumidor o empresario almacenar información dirigida personalmente a él, de manera que permita su consulta futura y la reproducción inalterada de la información almacenada;
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Derecho de desistimiento: la posibilidad del consumidor de renunciar al contrato a distancia dentro del plazo de reflexión;
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Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a distancia a consumidores;
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Contrato a distancia: contrato celebrado en el marco de un sistema organizado por el empresario para la venta a distancia de productos y/o servicios, en el que hasta la celebración del contrato se utilicen exclusivamente una o más técnicas de comunicación a distancia;
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Técnica de comunicación a distancia: medio que puede ser utilizado para la celebración de un contrato sin que el consumidor y el empresario se encuentren simultáneamente en el mismo lugar;
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Condiciones Generales: las presentes Condiciones Generales del empresario.
Artículo 2 – Identidad del empresario
Nombre de la empresa: Lavari
Domicilio social: Madrid
Correo electrónico: info@lavari-madrid.nl
Número de registro mercantil:
Número de identificación fiscal (IVA):
Artículo 3 – Ámbito de aplicación
Las presentes condiciones generales son aplicables a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia y pedidos celebrados entre el empresario y el consumidor.
Antes de que se celebre el contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de las presentes condiciones generales. Si ello no fuera razonablemente posible, antes de que se celebre el contrato a distancia se indicará que las condiciones generales están disponibles para su consulta en el domicilio del empresario y que, a solicitud del consumidor, se le enviarán gratuitamente lo antes posible.
Si el contrato a distancia se celebra por medios electrónicos, y antes de que se celebre dicho contrato, el texto de las presentes condiciones generales podrá facilitarse al consumidor por vía electrónica de forma que éste pueda almacenarlas de manera sencilla en un soporte duradero. Si ello no fuera razonablemente posible, antes de celebrarse el contrato a distancia se indicará dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que se enviarán gratuitamente, por vía electrónica o por otro medio, a solicitud del consumidor.
En el caso de que, además de estas condiciones generales, sean aplicables condiciones específicas de productos o servicios, serán igualmente de aplicación los párrafos segundo y tercero, y en caso de contradicción entre ambas condiciones generales, el consumidor podrá invocar siempre la disposición más favorable para él.
Si alguna de las disposiciones de las presentes condiciones generales fuera declarada nula o anulada total o parcialmente en cualquier momento, el resto del contrato y de estas condiciones se mantendrán vigentes, y la disposición afectada será sustituida, de mutuo acuerdo y sin demora, por una disposición que se acerque lo máximo posible a la finalidad original.
Las situaciones no reguladas en las presentes condiciones generales deberán interpretarse “según el espíritu” de las mismas.
Las dudas sobre la interpretación o el contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones deberán resolverse también “según el espíritu” de las presentes condiciones generales.
Artículo 4 – La oferta
Si una oferta tiene un período de validez limitado o está sujeta a condiciones, se indicará expresamente en la oferta.
La oferta es sin compromiso. El empresario tiene derecho a modificar y adaptar la oferta.
La oferta contendrá una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción será suficientemente detallada para permitir una adecuada valoración de la oferta por parte del consumidor. Si el empresario utiliza imágenes, éstas serán una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos. Los errores evidentes o manifiestos en la oferta no serán vinculantes para el empresario.
Todas las imágenes, especificaciones y datos en la oferta son orientativos y no pueden dar lugar a compensaciones o a la resolución del contrato. Las imágenes de los productos son una representación veraz de los productos ofrecidos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados correspondan exactamente a los colores reales de los productos.
Cada oferta contendrá la información necesaria para que el consumidor comprenda claramente cuáles son sus derechos y obligaciones al aceptarla, en particular:
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el precio, con excepción de los gastos de despacho aduanero y el IVA de importación, que serán por cuenta y riesgo del cliente. El servicio postal y/o de mensajería aplicará, en relación con la importación, el régimen especial para servicios postales y de mensajería. Este régimen se aplica cuando los bienes se importan en el país de destino de la UE, lo cual es el caso presente. El servicio postal y/o de mensajería cobrará el IVA (junto con los gastos de despacho, en su caso) al destinatario de los bienes;
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los posibles gastos de envío;
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la forma en que se celebrará el contrato y qué trámites son necesarios para ello;
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si es aplicable o no el derecho de desistimiento;
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la forma de pago, entrega y ejecución del contrato;
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el plazo para aceptar la oferta o, en su caso, el plazo durante el cual el empresario garantiza el precio;
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el importe de la tarifa de comunicación a distancia si se calcula sobre una base distinta de la tarifa básica habitual para el medio de comunicación utilizado;
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si el contrato se archivará tras su celebración y, en su caso, cómo podrá acceder a él el consumidor;
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la forma en que el consumidor, antes de celebrar el contrato, podrá verificar y, en su caso, corregir los datos que haya facilitado en el marco del contrato;
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los posibles idiomas, además del neerlandés, en los que podrá celebrarse el contrato;
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los códigos de conducta a los que el empresario esté adherido y la forma en que el consumidor puede consultarlos electrónicamente;
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la duración mínima del contrato a distancia en caso de un contrato de duración continuada;
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opcionalmente: tallas, colores, tipo de materiales disponibles.
Artículo 5 – El contrato
El contrato se perfecciona, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones establecidas para ello.
Si el consumidor ha aceptado la oferta por medios electrónicos, el empresario confirmará sin demora la recepción de la aceptación de la oferta por el mismo medio. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de dicha aceptación, el consumidor podrá disolver el contrato.
Si el contrato se celebra por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la seguridad en la transmisión electrónica de datos y asegurará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario adoptará también las medidas de seguridad oportunas.
El empresario podrá, dentro de los límites legales, informarse sobre la capacidad del consumidor para cumplir con sus obligaciones de pago, así como sobre todos aquellos hechos y factores relevantes para una celebración responsable del contrato a distancia. Si, sobre la base de esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, estará facultado para rechazar un pedido o solicitud, motivando la decisión, o para supeditar su ejecución a condiciones especiales.
El empresario proporcionará al consumidor, junto con el producto o servicio, por escrito o de forma que éste pueda almacenarlo de manera accesible en un soporte duradero, la siguiente información:
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La dirección física del establecimiento del empresario donde el consumidor pueda presentar reclamaciones;
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Las condiciones y el procedimiento para ejercer el derecho de desistimiento por parte del consumidor, o la indicación clara de su exclusión;
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La información relativa a las garantías y al servicio postventa existente;
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Los datos mencionados en el artículo 4, apartado 3, salvo que el empresario ya los hubiera facilitado al consumidor antes de la ejecución del contrato;
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Los requisitos para la resolución del contrato en caso de que éste tenga una duración superior a un año o sea de duración indefinida.
En el caso de un contrato de duración continuada, la disposición anterior se aplicará únicamente a la primera entrega.
Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de la disponibilidad suficiente de los productos correspondientes.
Artículo 6 – Derecho de desistimiento
En la compra de productos, el consumidor tendrá la posibilidad de disolver el contrato sin indicar motivo alguno durante un plazo de 14 días. Este plazo de reflexión comenzará el día siguiente a la recepción del producto por parte del consumidor o de un tercero previamente designado por el consumidor y comunicado al empresario.
Durante el plazo de reflexión, el consumidor manipulará el producto y su embalaje con cuidado. Únicamente desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar si desea conservarlo. Si hace uso de su derecho de desistimiento, devolverá el producto con todos sus accesorios entregados y, si fuera razonablemente posible, en su estado y embalaje originales, conforme a las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario.
Cuando el consumidor desee hacer uso de su derecho de desistimiento, deberá notificarlo al empresario dentro de los 14 días posteriores a la recepción del producto. La notificación deberá realizarse mediante comunicación escrita o correo electrónico. Tras notificar su intención de desistir, el consumidor deberá devolver el producto dentro de los 14 días siguientes. El consumidor deberá demostrar que los bienes fueron devueltos a tiempo, por ejemplo, mediante un comprobante de envío.
Si, transcurridos los plazos mencionados en los apartados 2 y 3, el consumidor no ha manifestado su voluntad de ejercer el derecho de desistimiento ni ha devuelto el producto al empresario, la compra será definitiva.
Artículo 7 – Costes en caso de desistimiento
Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, los costes de devolución de los productos correrán por su cuenta.
Si el consumidor ya hubiera efectuado un pago, el empresario le reembolsará dicho importe lo antes posible, y en cualquier caso en un plazo máximo de 14 días desde el desistimiento. Para ello será condición que el producto haya sido recibido previamente por el vendedor o que se haya presentado una prueba concluyente de la devolución completa.
Artículo 8 – Exclusión del derecho de desistimiento
El empresario podrá excluir el derecho de desistimiento del consumidor para los productos descritos en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo será posible si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta, o al menos con la debida antelación a la celebración del contrato.
La exclusión del derecho de desistimiento solo será posible para productos:
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Que hayan sido confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor;
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Que sean claramente de carácter personal;
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Que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos;
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Que puedan deteriorarse o caducar rápidamente;
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Cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero que el empresario no pueda controlar;
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Periódicos y revistas sueltos;
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Grabaciones de audio o vídeo y programas informáticos cuyo precinto haya sido roto por el consumidor;
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Productos de carácter higiénico cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.
La exclusión del derecho de desistimiento solo será posible para servicios:
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Relativos a alojamiento, transporte, restauración o actividades de ocio que deban prestarse en una fecha o durante un período determinado;
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Que hayan comenzado con el consentimiento expreso del consumidor antes de que finalice el plazo de reflexión;
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Relativos a apuestas y loterías.
Artículo 9 – El precio
Durante el período de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo cambios de precio como consecuencia de modificaciones en los tipos del IVA.
En desviación de lo dispuesto en el párrafo anterior, el empresario podrá ofrecer productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones del mercado financiero que el empresario no pueda controlar, con precios variables. Esta dependencia de las fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados sean precios orientativos se mencionarán en la oferta.
Los incrementos de precio dentro de los 3 meses posteriores a la celebración del contrato solo estarán permitidos si son consecuencia de disposiciones legales o reglamentarias.
Los incrementos de precio a partir de los 3 meses desde la celebración del contrato solo estarán permitidos si el empresario lo ha estipulado expresamente y:
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Son consecuencia de disposiciones legales o reglamentarias; o
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El consumidor tiene derecho a resolver el contrato a partir del día en que entre en vigor el aumento de precio.
El lugar de entrega, de conformidad con el artículo 5, párrafo primero, de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido de 1968, será el país donde se inicie el transporte. En el presente caso, dicha entrega se realiza fuera de la UE. En consecuencia, el servicio postal o de mensajería cobrará al comprador el IVA de importación y/o los gastos de despacho aduanero. Por tanto, el empresario no repercutirá IVA.
Todos los precios están sujetos a errores tipográficos o de impresión. No se aceptará responsabilidad alguna por las consecuencias de dichos errores. En caso de errores tipográficos o de impresión, el empresario no estará obligado a entregar el producto conforme al precio erróneo.
Artículo 10 – Conformidad y garantía
El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen con el contrato, con las especificaciones indicadas en la oferta, con los requisitos razonables de calidad y/o utilidad, y con las disposiciones legales y/o reglamentos gubernamentales vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se acuerda, el empresario garantiza asimismo que el producto es apto para un uso distinto al habitual.
Una garantía otorgada por el empresario, fabricante o importador no afecta a los derechos legales y reclamaciones que el consumidor pueda ejercer contra el empresario en virtud del contrato.
Cualquier defecto o producto entregado incorrectamente deberá notificarse por escrito al empresario en un plazo de 14 días desde la entrega. La devolución de los productos deberá realizarse en su embalaje original y en estado nuevo.
El período de garantía ofrecido por el empresario coincide con el ofrecido por el fabricante. No obstante, el empresario no será responsable en ningún caso de la idoneidad final de los productos para cada uso individual por parte del consumidor, ni de asesoramiento alguno respecto del uso o aplicación de los productos.
La garantía no será aplicable si:
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El consumidor ha reparado y/o modificado él mismo los productos entregados o ha encargado a terceros su reparación y/o modificación;
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Los productos entregados han sido expuestos a condiciones anormales, manipulados de forma negligente o contraria a las instrucciones del empresario y/o de la etiqueta del producto;
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La falta de conformidad es total o parcialmente consecuencia de normas establecidas o que puedan establecer las autoridades en relación con la naturaleza o calidad de los materiales empleados.
Artículo 11 – Entrega y ejecución
El empresario actuará con la mayor diligencia posible en la recepción y ejecución de los pedidos de productos.
Como lugar de entrega se considerará la dirección que el consumidor haya comunicado a la empresa.
Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 4 de las presentes condiciones generales, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con la mayor diligencia posible y, en cualquier caso, en un plazo máximo de 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega mayor. Si la entrega sufre retraso, o si un pedido no puede ejecutarse total o parcialmente, el consumidor recibirá una notificación a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En tal caso, el consumidor tendrá derecho a resolver el contrato sin coste alguno y a recibir la devolución de cualquier cantidad pagada.
En caso de resolución conforme al párrafo anterior, el empresario reembolsará el importe pagado por el consumidor lo antes posible y, en cualquier caso, en un plazo máximo de 14 días desde la resolución.
Si la entrega de un producto pedido resultara imposible, el empresario hará lo posible por ofrecer un artículo sustitutivo. Como máximo en el momento de la entrega, se informará de manera clara y comprensible que se suministra un artículo sustitutivo. En el caso de artículos sustitutivos, no se podrá excluir el derecho de desistimiento. Los gastos de una eventual devolución correrán a cargo del empresario.
El riesgo de pérdida y/o daño de los productos será asumido por el empresario hasta el momento de su entrega al consumidor o a un representante previamente designado y comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.
Artículo 12 – Contratos de duración continuada: duración, rescisión y prórroga
Rescisión
El consumidor podrá rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando para ello las normas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso máximo de un mes.
El consumidor podrá rescindir en cualquier momento, al final de su plazo inicial, un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso máximo de un mes.
El consumidor podrá:
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Rescindir en cualquier momento los contratos mencionados en los párrafos anteriores, sin que se le limite a rescindir en una fecha o período determinados;
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Rescindir al menos por el mismo medio en que celebró el contrato;
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Rescindir siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya establecido para sí mismo.
Prórroga
Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse o renovarse tácitamente por un período determinado.
En desviación de lo anterior, un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de periódicos, diarios y revistas podrá prorrogarse tácitamente por un período determinado de un máximo de tres meses, siempre que el consumidor pueda rescindir dicho contrato prorrogado al final de la prórroga con un plazo de preaviso máximo de un mes.
Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos o servicios solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento con un plazo de preaviso máximo de un mes, y de tres meses como máximo en el caso de contratos cuya entrega sea periódica pero inferior a una vez al mes, como en el caso de periódicos, diarios y revistas.
Un contrato de duración limitada para la entrega periódica, con fines promocionales, de periódicos, diarios y revistas (suscripción de prueba o de introducción) no se prorrogará tácitamente y finalizará automáticamente al término del período de prueba o introducción.
Duración
Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindirlo en cualquier momento una vez transcurrido un año, con un plazo de preaviso máximo de un mes, salvo que la equidad y la buena fe se opongan a la rescisión antes de que finalice el plazo acordado.
Artículo 13 – Pago
Salvo que se acuerde lo contrario, las cantidades debidas por el consumidor deberán abonarse en un plazo de 7 días laborables tras la celebración del contrato.
El consumidor tiene la obligación de notificar sin demora al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago facilitados o mencionados.
En caso de impago por parte del consumidor, y salvo que lo permitan las disposiciones legales, el empresario tendrá derecho a repercutir los costes razonables previamente comunicados al consumidor, con sujeción a las limitaciones legales aplicables.
Artículo 14 – Procedimiento de reclamaciones
El empresario dispone de un procedimiento de reclamaciones debidamente publicitado y tramitará la reclamación de conformidad con dicho procedimiento.
Las reclamaciones relativas a la ejecución del contrato deberán presentarse al empresario de manera completa y claramente descrita en un plazo razonable tras detectarse el defecto por parte del consumidor.
Las reclamaciones presentadas al empresario se responderán en un plazo de 14 días a partir de su recepción. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente mayor, el empresario responderá en un plazo de 14 días con un acuse de recibo e indicará cuándo podrá esperar el consumidor una respuesta más detallada.
Si la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo, surgirá un litigio que será susceptible de someterse al procedimiento de resolución de disputas.
Artículo 15 – Litigios
Sobre todos los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se apliquen las presentes condiciones generales será aplicable exclusivamente el Derecho neerlandés, incluso si el consumidor reside en el extranjero.
Artículo 16 – Disposiciones adicionales o modificadas
Las disposiciones adicionales o modificadas de las presentes condiciones generales no podrán ir en perjuicio del consumidor y deberán constar por escrito o de forma que puedan ser almacenadas por el consumidor de manera accesible en un soporte duradero.